Prestaciones dependencia comunidad de madrid

Comunidad de madrid

Idioma original Título: Real Decreto 938/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Seguridad Social a la Comunidad de Madrid en las materias encomendadas al Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO).

La Constitución Española reserva al Estado, en su artículo 149.1.17, la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley 3/1983, de 25 de febrero, y reformado por la Ley 10/1994, de 24 de marzo, atribuye a la Comunidad Autónoma en su artículo 28.6, en el (a) establecer las normas legales y reglamentarias que regulen la gestión de las prestaciones y servicios de la Seguridad Social, incluida la función ejecutiva del sistema de la Seguridad Social.

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que regula también el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en su reunión de 18 de mayo de 1995, la Comisión adoptó el oportuno Acuerdo, cuya virtud práctica requiere su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

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¿Qué requisitos hay que cumplir? Estas prestaciones familiares son de carácter no contributivo, es decir, no exigen cotizar a la Seguridad Social para solicitarlas, pero sí requieren ser residente en España.

Prestaciones para familias numerosas, monoparentales y madres con discapacidad: para recibir esta prestación, que se abona en un pago único, los padres o adoptantes deben residir en España, tener unos ingresos anuales inferiores a determinados límites y no poder solicitar prestaciones similares en otro régimen público de protección social.

Prestación por parto o adopción múltiple: puede solicitar esta prestación, que se abona en un solo pago, si reside en España y no puede solicitar prestaciones similares en otro régimen público de protección social. Si uno de tus hijos tiene una discapacidad mínima del 33%, recibes un subsidio equivalente a tener un hijo más (por ejemplo, si tienes 3 hijos y uno es discapacitado, recibes subsidios por 4 hijos).¿A qué tienes derecho y cómo puedes solicitarlo? Prestaciones por hijo a cargo o hijo acogido

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La dependencia es el estado permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, requieren la atención de otra persona o una ayuda importante para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

Para conocer si una persona se encuentra en situación de dependencia, se realiza una valoración del solicitante, que es llevada a cabo por un valorador profesional con perfil sociosanitario y formación específica en la aplicación de la Escala de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD).

La valoración se realiza en el domicilio habitual del solicitante y se lleva a cabo teniendo en cuenta los informes de salud, el entorno en el que vive y, en su caso, las ayudas técnicas, ortesis y prótesis prescritas.

Mayores de 3 años.- Para la valoración de personas mayores de 3 años, el instrumento utilizado es la Escala de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD), con la que se valora la capacidad de la persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria. (cuidado personal, movilidad esencial, orientación, comprensión y realización de tareas sencillas…), así como la necesidad de apoyo de otra persona.

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En este capítulo se explican las prestaciones que pueden solicitar las personas con limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales que necesitan el apoyo total o parcial de otra persona para realizar sus actividades básicas de la vida diaria.

¿Cuándo se pueden solicitar? En España se pueden solicitar los cuidados de larga duración si, por la edad o por padecer una enfermedad o discapacidad, no se pueden realizar las actividades básicas de la vida diaria sin la ayuda de otra persona. Existen dos tipos de ayudas para personas dependientes:

Las personas con alguna limitación física, mental, intelectual o sensorial pueden solicitar esta ayuda cuando dependen total o parcialmente de otra persona para realizar sus actividades básicas de la vida diaria. Si te encuentras en alguna de estas categorías, debes cumplir estos requisitos:

Servicios de atención residencial de larga duración: residencias para personas mayores dependientes, centros de atención a personas dependientes (según los diferentes tipos de discapacidad). La atención residencial también puede ser temporal para estancias de convalecencia o de relevo de cuidadores no profesionales.