Prestaciones por hijos a cargo de la Ssdi
Notas especiales para los jubiladosUn «jubilado» inscrito en un plan de seguro para jubilados de la OEBB que sea elegible para la cobertura de Medicare no puede continuar en un plan médico o de visión de la OEBB, a menos que sea elegible para Medicare como resultado de una enfermedad renal en etapa terminal. Los beneficios de OEBB terminan el último día del mes anterior a la fecha de vigencia de Medicare. El jubilado es responsable de informar a su Entidad Empleadora y a la OEBB cuando el jubilado esté cubierto por Medicare dentro de los 31 días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la cobertura de Medicare. El no reportar dentro de este plazo puede ser considerado como una tergiversación intencional por parte de OEBB y OEBB puede terminar retroactivamente la cobertura de OEBB hasta el último día del mes anterior a la fecha de vigencia de Medicare. Los dependientes elegibles de «jubilados» que estaban cubiertos en un plan médico de OEBB en el momento de la jubilación y que son elegibles para Medicare, o que llegan a ser elegibles para Medicare, no pueden continuar la cobertura en un plan médico o de visión de OEBB, a menos que se establezca en un acuerdo de negociación colectiva o una política documentada del distrito en efecto en o antes del 1 de febrero de 2010, que pueden continuar en los planes médicos de OEBB hasta que el jubilado sea elegible para Medicare con la siguiente excepción: La cobertura de OEBB debe terminar para los dependientes elegibles para Medicare de un jubilado inscrito en un plan médico de Kaiser Permanente.
Calendario de pago de las prestaciones de supervivencia de la Seguridad Social para los hijos
Si ha pasado más de un año desde que se casó o tuvo o adoptó un hijo, no podemos pagarle hasta la fecha del matrimonio, nacimiento o adopción. En su lugar, podemos pagarle sólo hasta la fecha en que recibimos su solicitud de incapacidad adicional para el dependiente o, en algunos casos, hasta un año antes de esta fecha.
Si tanto usted como su cónyuge son veteranos con una calificación de discapacidad combinada de al menos el 30 %, ambos pueden recibir una indemnización por discapacidad adicional para el otro y para sus hijos.Debe saberlo: Nos llevará más tiempo tramitar su solicitud si su cónyuge también es veterano. Pero si presenta su solicitud en línea, y decidimos que tiene derecho a una indemnización adicional por discapacidad para su(s) dependiente(s), le pagaremos desde la fecha en que inició el proceso de solicitud en línea.
Puede presentar una solicitud a través de eBenefits pidiendo que dejemos de pagar la compensación adicional por incapacidad para un cónyuge o un hijo. Necesitaremos más tiempo para procesar una solicitud que implique a un hijo que una solicitud que implique a un cónyuge, pero el proceso online sigue siendo mucho más rápido que presentar una solicitud en papel.Si se divorcia, querrá notificárnoslo inmediatamente. En este caso, no es necesario que envíe o cargue los documentos justificativos a eBenefits, lo que ayudará a garantizar que no sigamos pagándole una indemnización por incapacidad adicional por su ex-cónyuge y, en su caso, por sus hijastros después del divorcio. Si seguimos pagándole prestaciones a las que no tiene derecho, podemos retener el dinero de futuros pagos hasta que nos lo devuelva. Ir a eBenefits
Prestaciones de la seguridad social para los hijos de padres discapacitados
¿Qué requisitos hay que cumplir? Estas prestaciones familiares son de carácter no contributivo, es decir, no exigen cotizar a la Seguridad Social para solicitarlas, pero sí que se resida en España.
Prestaciones para familias numerosas, monoparentales y madres con discapacidad: para recibir esta prestación, que se abona en un pago único, los padres o adoptantes deben residir en España, tener unos ingresos anuales inferiores a determinados límites y no poder solicitar prestaciones similares en otro régimen público de protección social.
Prestación por parto o adopción múltiple: puede solicitar esta prestación, que se abona en un solo pago, si reside en España y no puede solicitar prestaciones similares en otro régimen público de protección social. Si uno de tus hijos tiene una discapacidad mínima del 33%, recibes un subsidio equivalente a tener un hijo más (por ejemplo, si tienes 3 hijos y uno es discapacitado, recibes subsidios por 4 hijos).¿A qué tienes derecho y cómo puedes solicitarlo? Prestaciones por hijo a cargo o hijo acogido
Prestaciones de la seguridad social por hijos
En virtud del artículo L. 512-1 del Código de la Seguridad Social, «toda persona francesa o extranjera que resida en Francia y tenga uno o varios hijos a su cargo que también residan en Francia, tiene derecho a prestaciones familiares por esos hijos».
Cómo se calculan las prestaciones familiares: las prestaciones familiares se calculan como un porcentaje de la base mensual de las prestaciones familiares (BMAF). La BMAF está fijada actualmente en 422,28 euros a partir del 1 de abril de 2022. La BMAF se actualiza el 1 de abril de cada año en función de la evolución prevista del índice medio anual de precios al consumo, excluido el tabaco.
Las prestaciones familiares se abonan sin requisito de empleo a partir del segundo hijo a cargo que reside en Francia. Los porcentajes de las prestaciones familiares se basan en los ingresos del hogar o de la persona con hijos a cargo y en el número de hijos. Se tienen en cuenta los ingresos netos del año N-2. Existen 3 tramos de ingresos.
El subsidio a tanto alzado se abona a las familias con al menos 3 hijos a cargo, cuyo subsidio se reduce cuando uno de los hijos cumple 20 años (el límite de edad del subsidio familiar), sigue viviendo en el hogar y no percibe más de 982,48 euros de ingresos mensuales.