Revista de obstetricia y ginecología de Canadá
Los ciudadanos de la UE, el EEE y Suiza que hayan alcanzado la edad de jubilación en su país de origen tienen derecho a acceder al sistema nacional de asistencia sanitaria en España. Para ello deben obtener un formulario S1 de su país de residencia.
El Brexit ha añadido una gran confusión a la mezcla. A muchos ciudadanos británicos les preocupa que su cobertura sanitaria cambie tras el Brexit. Durante el periodo transitorio, los ciudadanos británicos que reciban cobertura del Reino Unido y sean titulares de la tarjeta S1 seguirán recibiendo cobertura sanitaria hasta, al menos, el 31 de diciembre de 2020.
El embajador del Reino Unido en España, Hugh Elliott, ha emitido recientemente un comunicado en el que subraya que los británicos en España seguirán beneficiándose de los derechos de los ciudadanos, mientras estén en España, siempre que estén registrados como residentes antes del 31 de diciembre de 2020. Su declaración subraya además que: «Para los nacionales británicos en España, el Acuerdo de Retirada contiene garantías realmente importantes para ustedes en materia de derechos de los ciudadanos, como el derecho a seguir viviendo y trabajando en España. Esos derechos estarán protegidos mientras sigan siendo residentes en España, siempre que estén registrados antes del 31 de diciembre de 2020.»
Directrices de la Acog
Resolución de 17 de diciembre de 2002, de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publican los Conciertos suscritos por la misma para la prestación de asistencia sanitaria durante el año 2003.
1.5.2 La fusión de la Entidad con otro u otros de los conciertos por parte de MUFACE, no supondrá la apertura de un periodo especial de cambio, quedando automáticamente adscritos a la Entidad adquirente o resultante de la fusión, los beneficiarios que, en el momento de la fusión, queden adscritos a la Entidad/es que se extingue/n o a cada una de las Entidades fusionadas, y obligando a la Entidad absorbente resultante, desde ese momento, a garantizar todos sus derechos en los términos previstos en este Concierto.
El funcionario mutualista de MUFACE que no haya formalizado su adscripción a una de las Entidades Concertadas o a la Red Sanitaria Pública y que, concretando la asistencia sanitaria para sí o sus beneficiarios, la requiera en las oficinas de la Entidad, tendrá derecho a recibirla una vez acredite su condición de funcionario mutualista de la Administración Civil del Estado.
Directrices de la Sogc
Las condiciones de Muface y de la Seguridad Social Pública se solapan muchas veces en la Ley de Seguridad Social de los Funcionarios del Estado. Muface es la institución que gestiona el régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios del Estado. No obstante, los funcionarios de la Administración del Estado incorporados con posterioridad al 1 de enero de 2011 están adscritos al Régimen General de la Seguridad Social a los exclusivos efectos de sus derechos de pensión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado
Muface es un organismo público de la Administración General del Estado que proporciona prestaciones sociales y sanitarias únicamente a los funcionarios del Estado. Entre los beneficiarios de Muface se encuentran el cónyuge y los descendientes del mutualista.
El artículo 17.1 de la Ley establece que «La asistencia sanitaria se prestará directamente por la Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado o mediante conciertos con otras entidades o centros públicos o privados. Estos convenios se establecerán preferentemente con entidades de la Seguridad Social»
Obstetricia y ginecología
MUFACE Es un organismo autónomo de la Administración General del Estado adscrito al Ministerio de Hacienda que ofrece diferentes tipos de prestaciones sociales y sanitarias a los trabajadores públicos. Es un sistema mutualista, pero distinto de la Seguridad Social, al que están suscritos la mayoría de los ciudadanos españoles.
Durante este año 2022, MUFACE ofrece siete tipos de ayudas sociales y sanitarias con las que atender a personas que padecen diversas enfermedades. La cuantía fluctuará en función de las necesidades. a cubrir en cada caso, la capacidad económica del titular o el grado de discapacidad en caso de tenerla. Además, pueden ser mensuales o anuales.
– Ayudas para enfermos de cáncer. Responde a los gastos que requieren las personas que se someten a un tratamiento oncológico como la compra de prótesis capilares, sujetadores post-mastectomía o similares. Mutualistas o beneficiarios que padecen una enfermedad oncológica debidamente acreditada.
– Ayudas para enfermos celíacos. Ayudas para la adquisición de productos alimenticios elaborados, tratados o especialmente preparados para satisfacer las necesidades nutricionales particulares de las personas con enfermedad celíaca. Los beneficiarios son los mutualistas o personas que padecen una Enfermedad Celíaca. Este año será obligatorio acreditar dicha enfermedad.