Acuerdo de reparto de beneficios entre el médico y el hospital
CÓDIGO DE SALUD Y SEGURIDADTÍTULO 4. INSTALACIONES SANITARIASSUBTÍTULO D. DISTRITOS HOSPITALARIOSCAPÍTULO 285. DISPOSICIONES ESPECIALES RELATIVAS A LOS DISTRITOS HOSPITALARIOSSUBCAPÍTULO A. PAGO DE LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LOS DISTRITOS HOSPITALARIOS EN DETERMINADOS CONDADOS POPULARESSec. 285.001. DEFINICIÓN. En este subcapítulo, «bono» incluye un pagaré.
Sec. 285.002. APLICABILIDAD DEL SUBCAPÍTULO. Este subcapítulo se aplica sólo a un condado que tenga:(1) una población de al menos 800,000; y(2) un distrito hospitalario a nivel de condado que:(A) tenga impuestos impuestos y recaudados por el tribunal de comisionados del condado; y(B) tenga instalaciones hospitalarias de enseñanza afiliadas a una escuela médica privada o de propiedad estatal.
Sección 285.003. AUTORIDAD PARA REALIZAR UN ACUERDO DE ANTICIPACIÓN DE INGRESOS. (a) El tribunal de comisionados del condado puede celebrar un acuerdo de anticipación de ingresos con una persona, incluyendo un banco u otra institución financiera, cuando el tribunal de comisionados determine que los ingresos proyectados del distrito hospitalario del condado, incluyendo la recaudación de impuestos, no serán recibidos por el distrito en el momento necesario para pagar a su vencimiento los gastos de operación y mantenimiento del distrito. (b) En virtud del acuerdo de anticipación de ingresos, la persona contratante acuerda adelantar al distrito hospitalario, y el condado y el distrito acuerdan reembolsar de las fuentes especificadas por la Sección 285.006, los fondos necesarios para la operación y el mantenimiento de las instalaciones hospitalarias del distrito durante la vigencia del acuerdo.
Modelo de acuerdo entre el hospital y la empresa
Cantidad base es la cantidad inicial, calculada de acuerdo con el párrafo (d)(2) de esta sección, disponible para los pagos de traspaso a los hospitales en un año de contrato determinado, sujeto al programa del párrafo (d)(3) de esta sección.
Acuerdo de incentivo significa cualquier mecanismo de pago bajo el cual una MCO, PIHP o PAHP puede recibir fondos adicionales por encima de las tasas de capitación que se pagaron por cumplir con los objetivos especificados en el contrato.
Pago de transferencia es cualquier cantidad que el Estado requiere que se agregue a las tasas de pago contratadas, y que se considere en el cálculo de la tasa de capitación actuarial, entre la MCO, PIHP o PAHP y los hospitales, médicos o centros de enfermería que no es para los siguientes propósitos: Un servicio o beneficio específico proporcionado a un afiliado específico cubierto bajo el contrato; una metodología de pago a proveedores permitida bajo los párrafos (c)(1)(i) a (iii) de esta sección para servicios y afiliados cubiertos bajo el contrato; un acuerdo de pago subcapitado para un conjunto específico de servicios y afiliados cubiertos bajo el contrato; pagos GME; o pagos envolventes FQHC o RHC.
Contrato médico
Saskatchewan introdujo en 1962 un plan de seguro médico provincial universal para ofrecer servicios médicos a todos sus residentes. El gobierno federal aprobó la Ley de Asistencia Médica en 1966, que ofrecía reembolsar, o compartir los gastos, la mitad de los costes provinciales y territoriales de los servicios médicos prestados por un médico fuera de los hospitales. En seis años, todas las provincias y territorios contaban con planes de seguro universal de servicios médicos.
De 1957 a 1977, la contribución financiera del gobierno federal en apoyo de la asistencia sanitaria se determinó como un porcentaje (la mitad) de los gastos provinciales y territoriales en servicios hospitalarios y médicos asegurados. En 1977, en virtud de la Ley de Acuerdos Fiscales Federales-Provinciales y Financiación de Programas Establecidos, la participación en los gastos se sustituyó por un fondo en bloque, en este caso, una combinación de pagos en efectivo y puntos fiscales. Un fondo en bloque es una suma de dinero que se entrega de un nivel de gobierno a otro para un fin específico. Con una transferencia de puntos fiscales, el gobierno federal reduce sus tipos impositivos y los gobiernos provinciales y territoriales aumentan simultáneamente sus tipos impositivos en una cantidad equivalente. Este nuevo acuerdo de financiación supone que los gobiernos provinciales y territoriales tienen flexibilidad para invertir los fondos de la sanidad en función de sus necesidades y prioridades. Las transferencias federales para la educación postsecundaria también se añadieron a la transferencia sanitaria.
Carta de acuerdo para servicios médicos
La organización del sistema sanitario de Canadá está determinada en gran medida por la Constitución canadiense, en la que las funciones y responsabilidades se reparten entre los gobiernos federal, provincial y territorial. Por lo general, las provincias y los territorios son los principales responsables de la administración y prestación de los servicios sanitarios. Esto incluye el establecimiento de sus propias prioridades, la administración de sus presupuestos sanitarios y la gestión de sus propios recursos. El gobierno federal ejerce un papel en la asistencia sanitaria principalmente a través del uso del poder de gasto federal. La Ley de Salud de Canadá, la legislación canadiense que impone normas nacionales a los planes provinciales de seguro de asistencia sanitaria como condición para aceptar una contribución federal al coste de esos planes, es un ejemplo del uso del poder adquisitivo federal.
En cuanto a la asistencia sanitaria de los pueblos indígenas, que incluyen a las Primeras Naciones, los inuit y los métis, los niveles de gobierno federal, provincial y territorial comparten cierto grado de jurisdicción. El sistema sanitario canadiense es un complejo mosaico de políticas, legislación y relaciones. Los pueblos indígenas están incluidos en las asignaciones de financiación per cápita de la transferencia fiscal federal y tienen derecho a acceder a los servicios sanitarios provinciales y territoriales asegurados como residentes de una provincia o territorio. Los Servicios Indígenas de Canadá financian o prestan directamente servicios para las Primeras Naciones y los Inuit que complementan los que prestan las provincias y los territorios, como la atención primaria de salud, la promoción de la salud y las prestaciones sanitarias complementarias.