¿Cómo consultar la prestación de Ingreso Mínimo Vital?

 

Dentro del territorio español, la Seguridad Social se encarga de brindar e implementar medidas adoptadas por el Estado; las cuales tienen el propósito de proteger a los ciudadanos contra situaciones de concreción individual. Las opciones son muchas como es el caso de la prestación de Ingreso Mínimo Vital (IMV).

De esta manera, se puede decir que esta es una prestación que se dirige para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social; específicamente para las personas que viven solas o forman parte de una unidad de convivencia y no tienen recursos económicos básicos para cubrir las necesidades mínimas

En este sentido, está configurado como un derecho subjetivo a una prestación económica. Esta viene incluida en la acción protectora de la Seguridad Social y garantiza el nivel mínimo de renta a los vulnerables. Así mismo, brinda una mejora de oportunidades de inclusión social y laboral a los beneficiarios.

¿Cuál es el procedimiento de consulta de prestación de Ingreso Mínimo Vital?

Gracias a los avances de la tecnología y al uso del Internet, la Seguridad Social mejoró la información disponible a los solicitantes del Ingreso Mínimo Vital. Por lo tanto, las personas que lo solicitan tienen la posibilidad de consultar el estado de manera en línea. Así pues deben completar los pasos que diremos a continuación:

  • Antes que nada, necesitarán ingresar a la página oficial del Formulario Ingreso Mínimo Vital. Entra aquí para acceder.
  • Una vez que hayas ingresado a esta plataforma electrónica, tienes que ubicar y seleccionar el apartado “Aportar documentación / Consulta de estado”.
  • Luego de seleccionarlo, se abrirá automáticamente un nuevo recuadro llamado “Aportar documentación a una solicitud”. Justo allí tienes que introducir los siguientes datos: código de solicitud y número de identificación. En el caso de la identificación puedes proporcionar tu Documento Nacional de Identidad (DNI) o tu Número de Identidad Extranjera (NIE). Cabe destacar que el código de solicitud te lo darán al momento de finalizar tu proceso de solicitud.
  • Después que hayas agregado la información solicitada, tienes que seleccionar el recuadro de “No soy un robot”.
  • Y finalmente hacer clic sobre la opción “Aceptar”.
  • De manera inmediata aparecerán los resultados de tu búsqueda y conocerás el estado de tu prestación de Ingreso Mínimo Vital.

¿Cuáles son los resultados que pueden aparecer en la consulta del IMV?

En primer lugar tienes que tener en cuenta que la información de los expedientes la actualizan cada viernes, es decir, de manera semanal. Por ello, cuando hagas la consulta tendrás el estado del trámite correspondiente. Los estados que puedes conseguir son los siguientes:

  • En estudio.
  • Pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitada.
  • Solicitud finalizada por falta de documentación.
  • Archivada por constar otra solicitud presentada.
  • Aprobada.
  • Denegada.
  • Inadmitida a trámite por incumplimiento del requisito de rentas y/o patrimonio.
  • Inadmitida a trámite por ser administrador de una sociedad.

¿Quiénes pueden solicitar la prestación de Ingreso Mínimo Vital?

La prestación de Ingreso Mínimo Vital (IMV) otorgada por la Seguridad Social está abierta a la solicitud para la siguiente población: personas o unidades de convivencia en situación de pobreza y exclusión social.

Entre las unidades de convivencia se admiten las siguientes: unipersonales, unidad de convivencia sin menores y unidad de convivencia con menores.

Requisitos para solicitar dicha prestación

Primero que todo debes ser consciente que los requisitos para solicitar la prestación de IMV tienen que cumplirse en el proceso de la solicitud y durante sus revisiones. Además de ello, los mismos tienen que mantenerse cuando se dicte la resolución y mientras estén recibiendo el apoyo económico. A continuación los requisitos exigidos por el Estado:

  • Tener residencia legal y efectiva en España, la cual debe ser de forma continua e ininterrumpida. El período mínimo es al menos el año anterior a presentar la solicitud. Por otra parte se conciben las siguientes excepciones: personas incorporadas en la unidad por nacimiento, adopción, fines de adopción o acogimiento familiar, víctimas de trata y explotación sexual y víctimas de violencia de género.
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica. La situación de vulnerabilidad se determina con la capacidad económica del solicitante o la de la unidad de convivencia. Al tratarse de la unidad, se computan los recursos de todos sus miembros. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada. Importante destacar que no se considera a los beneficiarios de un patrimonio valorado al importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada. Por ejemplo, en el año 2021 esto equivale a 16.917,60 euros.
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho, en los términos que se fijen. Se exceptúan salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  • La percepción de la prestación IMV será incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por 100, cuando exista identidad de causante o beneficiaros de esta, sin perjuicio de la posibilidad de ejercer el derecho de opción por una de ellas.

¿Existe un simulador de la prestación de Ingreso Mínimo Vital?

La Seguridad Social en su plataforma de Internet cuenta con un simulador para la prestación de Ingreso Mínimo Vital (IMV). El mismo le hará al solicitante una serie de preguntas sobre su situación y, según las respuestas, podrá comprobar si cumple los requisitos para recibir la prestación.

Además de ello, también podrá saber el importe aproximado que le correspondería. El simulador no contempla el supuesto excepcional, previsto en la Disposición transitoria tercera del Real Decreto–Ley 20/2020, que regula los casos en los que, bajo ciertas condiciones, y hasta el 31 de diciembre de 2021, los ingresos considerados para determinar el derecho a la prestación son los correspondientes al año en curso.

Puede acceder al simulador en el siguiente enlace: simulador del Ingreso Mínimo Vital.

 

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